Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final sexta

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En vigor desde 20 ago 2025
Se añade un párrafo al final del apartado 1 del artículo 8 del Decreto 466/2004, de 28 de diciembre, relativo a determinados instrumentos de planificación de la movilidad y al Consejo de la Movilidad, con el siguiente texto: «Un vocal en representación de los municipios rurales propuesto por consenso entre las principales entidades municipalistas.»
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