Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 24 dic 2025
La ley de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias establecerá anualmente una asignación económica para el fomento y desarrollo de las universidades populares de Canarias, según lo previsto en la presente ley y conforme a la disponibilidad presupuestaria.
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