Art. 74
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 74

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En vigor desde 8 ene 2025
Corresponde a la conselleria u organismo competente en materia de empleo de la Generalitat establecer líneas de subvención y ayudas económicas a las empresas y entidades que desarrollen actividades económicas, así como el control de la justificación de las mismas, en esta materia.
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