Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 13 abr 2023
La ejecución de la presente Ley se ajustará a los escenarios presupuestarios plurianuales de la Consejería competente en materia de Hacienda de conformidad con la normativa de estabilidad presupuestaria.
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