Art. 5
Título TÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 26 abr 2023
Con el fin de lograr un Sistema Riojano de Ciencia, Tecnología e Innovación inclusivo, diverso, seguro e igualitario, los planes de igualdad regulados en el artículo 4 establecerán programas y medidas de apoyo, fomento, organización, acción y seguimiento para la igualdad efectiva, incluida la violencia de género, y se adoptarán las medidas para la igualdad efectiva de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 4/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y cualquier otra medida que persiga la igualdad real y efectiva.
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eli/es-ri/l/2023/04/20/8#art-5