Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 24
24 / 35En vigor desde 5 abr 2025
1. La Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria se elaborará de forma conjunta por las direcciones generales con competencias en materia de ciencia, investigación, tecnología e innovación del Gobierno de Cantabria y la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, y estará sujeta a las disposiciones sobre transparencia y participación ciudadana en la planificación de las políticas públicas.
2. Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de Cantabria, a propuesta del Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de Cantabria, será aprobada la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Tras su aprobación, se procederá a su publicación en el portal electrónico del Gobierno de Cantabria, www.cantabria.es, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente en materia de transparencia, y estará a disposición de la ciudadanía para su consulta.
3. El Consejo de Política Científica será el responsable de velar por la correcta ejecución de la Estrategia Plurianual conforme a los indicadores cuantitativos y cuantificables previstos en la propia Estrategia Plurianual. A la finalización de su periodo de vigencia, se realizará un informe de evaluación que será publicado en el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria.
Se modifica el apartado 1 por el art. 99 de la Ley 2/2025, de 2 de abril. Ref. BOE-A-2025-10884#a9-11
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2022/12/27/8#art-24