Art. 49
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 49

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En vigor desde 29 jun 2022
No se consideran procedimientos masivos o no selectivos los métodos de control de predadores homologados por el Gobierno de La Rioja en base a los criterios de selectividad, eficacia y bienestar animal fijados por los acuerdos internacionales. La utilización de estos métodos exige autorización de acuerdo a lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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