Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 1 ene 2022
El órgano gestor del impuesto publicará a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón la relación actualizada de las entidades de población de la Comunidad Autónoma de Aragón, con expresión del coeficiente aplicable en cada una, conforme a las circunstancias establecidas en el artículo 32 de la presente ley.
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