Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

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En vigor desde 25 nov 2021
1. El Gobierno de Cantabria adoptará las medidas necesarias para la localización, exhumación e identificación de las personas desaparecidas como consecuencia de la represión política. 2. Igualmente, se adoptarán medidas para la reparación de la memoria de las víctimas a las que se refiere el artículo 4.b).
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