Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 42
42 / 68En vigor desde 25 nov 2021
1. La Consejería competente en materia de Educación reforzará la inclusión de contenidos relacionados con la memoria histórica y democrática en el currículo de las diferentes etapas y enseñanzas, incidiendo en lo previsto en la disposición adicional cuadragésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que lleva por rúbrica, «Valores que sustentan la democracia y los derechos humanos y prevención y resolución pacífica de conflictos».
2. Los centros de profesores podrán incorporar actividades de formación específicos para dotar al profesorado de herramientas metodológicas y conceptuales para impartir estas enseñanzas.
3. Asimismo, se impulsará en colaboración con la Universidad de Cantabria la incorporación de la memoria histórica y democrática en los estudios universitarios de grado y máster.
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Proeli/es-cb/l/2021/11/17/8#art-42