Art. 28
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 28

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En vigor desde 25 nov 2021
El Gobierno de Cantabria colaborará en la conservación, mantenimiento y rehabilitación de los Lugares y Sendas de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria, dentro de los límites de las disponibilidades presupuestarias.
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