Art. Disposición adicional única
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 9 dic 2020
Las estipulaciones contempladas en la presente ley se adaptarán, en su caso, a la legislación que dicte el Estado al amparo del artículo 149. 1. 1.ª de la Constitución española y que afecten a los derechos de las personas LGTBI.
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