Art. 36
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 36

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En vigor desde 9 dic 2020
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria adoptará las medidas necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación, directa o indirecta, por razón de orientación sexual, identidad sexual o identidad de género que pueda presentarse en el acceso a la función pública y a los recursos y prestaciones de servicios.
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