Art. 16
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 16

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En vigor desde 22 feb 2019
1. Los planes directores sectoriales de prevención y gestión de residuos tienen que tener en cuenta el principio de hacer pagar a quien contamina, la jerarquía de residuos y los principios de economía circular y sostenibilidad. 2. Asimismo, estos planes tienen que tener en cuenta los efectos del turismo y la población estacional, así como las previsiones contenidas en la legislación de evaluación ambiental de los planes y programas.
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eli/es-ib/l/2019/02/19/8#art-16