Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 26 jun 2020
En el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Escuela de Administración Regional pondrá en marcha, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, un programa de formación específico en materia de participación, para divulgar el alcance y contenido de la presente ley. A tal efecto, la Administración Regional podrá promover la colaboración con otras Administraciones Públicas o entidades del sector público.
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