Título TÍTULO III
Art. 34
34 / 46En vigor desde 26 jun 2020
1. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos promoverá medidas de fomento para favorecer la participación ciudadana en el ámbito de la Administración Local.
2. La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos impulsarán la firma de convenios de colaboración con las entidades locales para el fomento de la participación ciudadana en el ámbito de competencia e interés de éstas. Los convenios podrán suscribirse tanto con las entidades locales como con las asociaciones en que se integren.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2019/12/13/8#art-34