Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 45
45 / 85En vigor desde 24 dic 2018
La situación patrimonial de los altos cargos, al finalizar su mandato, será examinada por la Oficina de Buen Gobierno y Lucha contra la Corrupción para verificar los siguientes extremos:
a) El adecuado cumplimiento de las obligaciones reguladas en este título.
b) La existencia de indicios de enriquecimiento injustificado teniendo en consideración los ingresos percibidos a lo largo de su mandato y la evolución de su situación patrimonial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2018/09/14/8#art-45