Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 58En vigor desde 16 ene 2019
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León son corporaciones de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que se configuran como órganos consultivos y de colaboración con las Administraciones Públicas, sin menoscabo de los intereses privados que persiguen. Su estructura y funcionamiento deberán ser democráticos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2018/12/14/8#art-2