Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Sanciones

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 9 dic 2017
Las solicitudes o comunicaciones que se regulan en esta ley se harán conforme a los modelos a los que se podrá acceder a través de la dirección de la correspondiente sede electrónica, sin perjuicio de que también serán facilitados por el Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado en la Secretaría de Estado de Seguridad.
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