Título TÍTULO VI
Art. 55
Derogado55 / 61En vigor desde 12 abr 2017
La potestad sancionadora se ejercerá de conformidad con lo que dispongan las leyes que establezcan el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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Proeli/es-vc/l/2017/04/07/8#art-55