Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 34
34 / 61En vigor desde 12 abr 2017
1. Se reconoce como violencia familiar cualquier forma de violencia que se ejerza en el ámbito familiar por causa de identidad o expresión de género de cualquiera de sus miembros, incluyendo el no respeto por parte de cualquier miembro de la familia a la identidad o expresión de género de los y las menores.
2. La Generalitat adoptará medidas de apoyo, mediación y protección a las víctimas de la violencia familiar, por motivos de identidad o expresión de género, que garanticen la protección de la persona acosada frente a la persona acosadora, facilitando con ello la independencia física y económica de la víctima.
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Proeli/es-vc/l/2017/04/07/8#art-34