Art. 50
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 50

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En vigor desde 4 feb 2018
La Comunidad Autónoma garantizará a las personas LGTBI y a los niños y niñas que formen parte de una familia homoparental, que sufren o se encuentren en riesgo de sufrir cualquier tipo de discriminación o violencia física o verbal por razón de orientación sexual o identidad de género, el derecho a recibir de forma inmediata una protección integral, real y efectiva.
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eli/es-an/l/2017/12/28/8#art-50