Art. 46
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 46

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En vigor desde 4 feb 2018
En el ámbito de la Administración autonómica, se impartirá, a través del Instituto Andaluz de Administración Pública, la Escuela Andaluza de Salud Pública y la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, una formación que garantice la sensibilización adecuada y correcta actuación de los profesionales que prestan servicios en los ámbitos de la salud, la educación, el mundo laboral, familia y servicios sociales, los cuerpos de Policía Local, ocio, cultura y deporte y comunicación.
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