Art. Disposición adicional única
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional única

22 / 28
En vigor desde 8 nov 2016
Para lo no previsto en la presente ley, se aplicarán las disposiciones del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la normativa valenciana referente a la función pública regulada en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de la ordenación y gestión de la función pública valenciana.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2016/10/28/8#disposicion-adicional-unica