Art. 35
Título TÍTULO IICapítulo CAPITULO III

Art. 35

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En vigor desde 19 jun 2024
(Derogado) Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de la Ley 1/2024, de 15 de febrero, que derogaba este artículo, desde el 29 de mayo de 2024 para las partes del proceso, y desde el 19 de junio de 2024 para terceros, por providencia del TC de 17 de junio de 2024. Ref. BOE-A-2024-12375 Redacción anterior: "La información sobre violencia y represión durante la guerra civil y la dictadura franquista se regirá por lo dispuesto en la legislación específica sobre memoria democrática de Aragón." Se suspende la vigencia y aplicación de la Ley 1/2024, de 15 de febrero, que derogaba este artículo, desde el 29 de mayo de 2024 para las partes del proceso, y desde el 19 de junio de 2024 para terceros, por providencia del TC de 17 de junio de 2024. Ref. BOE-A-2024-12375 Se deroga por la disposición final 3 de la Ley 1/2024, de 15 de febrero. Ref. BOE-A-2024-4617 Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-2019-466#df Téngase en cuenta que esta modificación entra en vigor el 22 de febrero de 2019, según establece la disposición final 5 de la citada ley.

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Pro

eli/es-ar/l/2015/03/25/8#art-35