Art. 35
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 35

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En vigor desde 16 abr 2015
En el marco de la legislación urbanística, los instrumentos de planeamiento deberán incorporar las determinaciones precisas para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan Director y en los planes locales de instalaciones deportivas.
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eli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-35