Art. 159
Título TÍTULO XIII

Art. 159

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En vigor desde 16 abr 2015
En el seno del Comité de Justicia Deportiva de la Región de Murcia se creará una sección como órgano administrativo encargado de la resolución por medio de arbitraje o de mediación de las cuestiones litigiosas en materia deportiva a las que hace referencia el artículo anterior.
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eli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-159