Art. 144
Título TÍTULO XII

Art. 144

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En vigor desde 16 abr 2015
Serán causas de incompatibilidad con el desempeño del cargo de miembro del Comité las siguientes: a) La pertenencia simultánea a otro órgano disciplinario deportivo en la Región de Murcia. b) El desempeño de un cargo directivo o técnico en algún club deportivo, federación deportiva u otra entidad análoga de la Región de Murcia, así como la pertenencia al colegio de árbitros o jueces de alguna federación deportiva. c) En general, cualquier otro supuesto de incompatibilidad previsto en la legislación vigente.
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eli/es-mc/l/2015/03/24/8#art-144