Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
20 / 21En vigor desde 5 may 2015
Se habilita al Gobierno de Canarias para dictar cuantas disposiciones reglamentarias exijan la aplicación y desarrollo de esta ley.
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Proeli/es-cn/l/2014/10/28/8#disposicion-final-primera