Título TÍTULO II
Art. 9
9 / 19En vigor desde 23 oct 2014
1. La Comisión Mixta de Financiación será presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria.
2. Los vocales serán las siguientes personas:
a. La persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, o alto cargo de dicha Consejería en quien delegue. En el caso de que esta titularidad recaiga sobre la misma persona titular de la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria, la Presidencia designará un vocal entre los altos cargos de la Junta de Extremadura.
b. La persona titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de enseñanza universitaria, que actuará como Secretario/a de la Comisión, o persona del mismo rango en quien delegue.
c. La persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanza universitaria, o persona del mismo rango en quien delegue.
d. La persona titular de la Dirección General competente en materia de investigación e innovación, o persona del mismo rango en quien delegue. En el caso de que esta titularidad recaiga sobre la misma persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanza universitaria, la Presidencia designará un vocal entre los altos cargos de la Junta de Extremadura.
e. La persona titular de la Dirección-Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, o persona del mismo rango en quien delegue.
f. La persona titular de la Dirección General competente en materia de presupuestos, o persona del mismo rango en quien delegue.
g. La persona titular de la Dirección General competente en materia de hacienda, o persona del mismo rango en quien delegue. En el caso de que esta titularidad recaiga sobre la misma persona titular de la Dirección General competente en materia presupuestos, la Presidencia designará un vocal entre los altos cargos de la Junta de Extremadura.
h. La persona titular de la Presidencia del Consejo Social de la Universidad de Extremadura, o persona en quien delegue.
i. La persona titular del Rectorado de la Universidad de Extremadura, o persona con rango de Vicerrector en quien delegue.
j. La persona titular del Vicerrectorado competente en materia de infraestructuras de la Universidad de Extremadura, o persona del mismo rango en quien delegue.
k. La persona titular de la Gerencia de la Universidad de Extremadura, o persona en quien delegue.
l. La persona titular del Vicerrectorado competente en materia de Investigación, Transferencias e Innovación de la Universidad de Extremadura, o persona del mismo rango en quien delegue.
m. El portavoz de cada uno de los grupos parlamentarios constituidos en la Asamblea de Extremadura, o persona en quien delegue.
n. Un representante del alumnado elegido por el Consejo de Alumnos de la UEx. En caso de ausencia de éste, delegará su representación en la persona elegida como suplente por el Consejo de Alumnos de la UEx.
ñ. Un representante de los sindicatos más representativos de la Universidad de Extremadura.
o. La persona titular de la Dirección General competente en materia de recursos humanos, o persona del mismo rango en quien delegue.
p. La persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud de Extremadura, o persona del mismo rango en quien delegue.
3. Así mismo, podrá asistir a las sesiones de la Comisión, en concepto de personal asesor especializado con voz pero sin voto, personal técnico experto que sea requerido al efecto.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2014/10/01/8#art-9