Art. 24
Título TÍTULO III

Art. 24

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En vigor desde 25 nov 2013
La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará el desarrollo de mecanismos de colaboración con el Gobierno de España para la celebración de acuerdos o tratados con otros Estados, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de los castellanos y leoneses en el exterior y fortalecer los lazos de unión entre Castilla y León y los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León que residan en el extranjero.
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