Título TÍTULO III
Art. 22
22 / 41En vigor desde 25 nov 2013
1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en colaboración con las entidades locales y oído el órgano sectorial de participación y coordinación al que hace referencia el artículo 25 de esta ley, elaborará la planificación estratégica plurianual en la que se establecerán el marco, los programas, las directrices, las medidas y los mecanismos de evaluación para la consecución de los fines de esta ley y la coordinación de las actuaciones de los poderes públicos que en ella se contemplan en favor de los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León, así como los retornados.
2. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dentro del marco de sus respectivas competencias, consignarán en sus presupuestos las dotaciones que estimen convenientes para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
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Proeli/es-cl/l/2013/10/29/8#art-22