Art. 111
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Competencias, plazo máximo y ejecución forzosa

Art. 111

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En vigor desde 13 ago 2012
Los órganos competentes para la imposición de sanciones serán las personas que ejerzan las jefaturas territoriales o el órgano equivalente en sus funciones de la consejería competente en materia de vivienda.
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