Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Infracciones de la normativa de vivienda
Art. 103
105 / 159En vigor desde 13 ago 2012
1. Son infracciones administrativas en materia de vivienda las acciones u omisiones tipificadas como tales en la presente ley.
2. Las infracciones tipificadas en la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo a la naturaleza de la infracción y al bien jurídico afectado por su comisión.
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Proeli/es-ga/l/2012/06/29/8#art-103