Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
24 / 81En vigor desde 1 ene 2013
Se autoriza a los operadores de casinos y otros establecimientos de juego en Centros Integrados de Desarrollo la concesión de operaciones de crédito a jugadores, en los términos y condiciones regulados en la normativa aplicable.
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Proeli/es-md/l/2012/12/28/8#art-24