Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 90
90 / 112En vigor desde 26 mar 2011
1. El Protocolo Interdepartamental para la Prevención y Erradicación de la Violencia de Género contemplará los itinerarios y procedimientos de intervención en materia de violencia de género que guiarán la actuación de las Administraciones Públicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Sus áreas fundamentales serán las siguientes:
a) Sensibilización, prevención e información.
b) Atención de emergencia y especializada.
c) Programas complementarios.
d) Formación e investigación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2011/03/23/8#art-90