Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª De la igualdad laboral en el sector privado y en la Función Pública de Extremadura›§ Subsección 1ª. Igualdad en el ámbito laboral en el sector privado
Art. 47
47 / 112En vigor desde 26 mar 2011
La Junta de Extremadura impulsará y promoverá actuaciones y acciones a fin de que las empresas extremeñas se comprometan a alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus órganos de dirección.
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Proeli/es-ex/l/2011/03/23/8#art-47