Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Enseñanza universitaria
Art. 39
39 / 112En vigor desde 26 mar 2011
1. La Universidad de Extremadura impulsará la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la investigación, ciencia y tecnología.
2. La Universidad de Extremadura promoverá que se reconozcan los estudios de género como mérito al evaluar la actividad docente, investigadora y de gestión de su profesorado.
3. La Universidad de Extremadura abrirá canales de comunicación y redes de intercambio de docencia e investigación en materia de género en Extremadura, el Estado y con Europa.
4. La Universidad y el resto de Administración Públicas, en el ámbito de sus competencias, velará porque en los proyectos de investigación que afecten a las personas se incluya la perspectiva de género.
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Proeli/es-ex/l/2011/03/23/8#art-39