Art. Disposición final primera
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 14 jul 2010
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Consell, a propuesta de la conselleria competente en materia de administración local, regulará por decreto el régimen orgánico y de funcionamiento de los órganos de colaboración y coordinación previstos en la ley.
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