Art. 39
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 39

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En vigor desde 14 jul 2010
1. El Consell, mediante decreto, puede establecer regímenes especiales municipales de organización y funcionamiento para aquellos municipios en los que concurran circunstancias vinculadas a la actividad económica, a su historia, al patrimonio artístico o cultural, a recursos o conflictos medioambientales o de naturaleza sectorial de la magnitud suficiente como para condicionar e interferir el normal funcionamiento de la organización municipal o de la prestación de los servicios municipales. 2. El procedimiento para la aplicación de un régimen especial de organización y funcionamiento a un municipio se regulará mediante reglamento.
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eli/es-vc/l/2010/06/23/8#art-39