Art. 84
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Intervención en situaciones de desprotección grave§ Subsección 3.ª Cartera de servicios

Art. 84

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En vigor desde 28 ene 2011
1. Esta prestación económica del Sistema Público de Servicios Sociales se dirige a atender: a) Situaciones de necesidad que contribuyan a provocar situaciones de desprotección infantil cuando éstas afecten a personas menores en situaciones de desprotección moderada o grave. b) Los gastos asistenciales de personas menores que estén en acogimiento residencial, en los casos en que no puedan recibir esa atención en cualquiera de las redes públicas. 2. Esta prestación económica tendrá carácter finalista.
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eli/es-cb/l/2010/12/23/8#art-84