Art. Disposición transitoria octava
Título TÍTULO VI

Art. Disposición transitoria octava

77 / 87
En vigor desde 12 nov 2024
Los proyectos admitidos a trámite con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia, que no dispongan de permiso de acceso y conexión dispondrán de un plazo de 12 meses desde la entrada en vigor de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, para obtener un permiso de acceso y conexión. En el caso contrario, se procederá al archivo de la solicitud, previa audiencia del interesado. Sin embargo, no se procederá al archivo de proyectos admitidos a trámite cuando estos, aun no disponiendo de permisos de acceso y conexión en el referido plazo, soliciten en cualquier momento anterior a la declaración de archivo su tramitación bajo la modalidad de autoconsumo sin excedentes, y siempre y cuando el proyecto de autoconsumo estuviera vinculado con un proyecto industrial estratégico y además las líneas directas cumplan con los condicionantes de longitud máxima y ratio de longitud por megavatio fijados en la disposición adicional tercera de la presente ley. De igual forma, las nuevas solicitudes de proyectos que cumplan tales requisitos serán incluidas en el registro eólico. En todo caso, y salvo para las instalaciones sujetas a la modalidad de autoconsumo sin excedentes, la autorización administrativa de instalaciones de generación no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes y los demás que requiriese la legislación básica aplicable. Se modifica por la disposición final 2.4 de la Ley 2/2024, de 7 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-237 Se modifica por el art. 46.2 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-6382 Se añade por el .5 Ley 18/2021, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-3415

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2009/12/22/8#disposicion-transitoria-octava