Art. Disposición adicional decimocuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional decimocuarta

66 / 87
En vigor desde 27 mar 2026
Será de aplicación lo establecido en la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, en cuanto al procedimiento de concesión de autorizaciones en zonas de aceleración renovable eólica. Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de esta disposición, añadida por el .21 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, por Auto del TC 20/2026, de 24 de febrero. Ref. BOE-A-2026-7123 Se suspende la vigencia y aplicación de esta disposición, añadida por el .21 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, desde el 30 de septiembre de 2025 para las partes del proceso y desde el 4 de febrero de 2026 para los terceros, por providencia del TC de 27 de enero de 2026 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 6810-2025, Ref. BOE-A-2026-2549 , aclarada por Providencia de 12 de febrero de 2026. Ref. BOE-A-2026-3379 Se añade por el .21 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-2145#a3-2

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2009/12/22/8#disposicion-adicional-decimocuarta