Art. 24
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 24

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En vigor desde 30 dic 2009
Sin perjuicio de los demás recursos que en el mismo puedan integrarse, el Fondo de Compensación Ambiental se financiará con los ingresos obtenidos del canon eólico deducidos los gastos de gestión.
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eli/es-ga/l/2009/12/22/8#art-24