Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional quinta
21 / 21En vigor desde 24 oct 2008
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
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Proeli/es-cl/l/2008/10/16/8#disposicion-adicional-quinta