Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 5
5 / 21En vigor desde 24 oct 2008
El Consejo del Diálogo cuenta con los siguientes órganos:
a) El Consejo.
b) El Presidente.
c) La Comisión Permanente.
d) Las Comisiones Especializadas y las Comisiones Negociadoras.
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Proeli/es-cl/l/2008/10/16/8#art-5