Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 23 may 2007
La Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación se regirán, en lo no previsto por esta Ley, por lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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