Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional primera
36 / 44En vigor desde 23 may 2007
1. El Consejo de Gobierno de la Región de Murcia promoverá acciones tendentes a favorecer la elección de carreras científicas y técnicas por parte de los estudiantes que acceden a la Universidad, especialmente entre las mujeres.
2. Asimismo, el Consejo de Gobierno realizará actuaciones para conseguir incrementar el número de mujeres en las actividades de investigación, desarrollo científico, tecnológico y de innovación.
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Proeli/es-mc/l/2007/04/23/8#disposicion-adicional-primera