Art. 27
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 27

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En vigor desde 23 may 2007
A través de convenios de colaboración con universidades y centros de investigación, tanto regionales como estatales ubicados en la Región, y centros tecnológicos regionales se promoverá la coordinación y cofinanciación de actividades en torno a los objetivos definidos en el Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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