Art. 23
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 23

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En vigor desde 23 may 2007
En el marco de las prioridades generales y sectoriales del Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación y de la política de innovación empresarial, en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, se aumentarán progresivamente en cada presupuesto anual las dotaciones destinadas a I+D+I con el objeto de consolidar y mantener un nivel de inversión pública y privada sobre el producto interior bruto regional que concuerde con los objetivos marcados por la Unión Europea.
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